¿Alquiler abusivo?

por Abel Marín

Esta tarde un amigo me ha llamado y lanzado la siguiente cuestión:

“Su hija y el novio se van a emancipar, se van de alquiler. Para poderles alquilar la vivienda, el arrendador exige póliza de seguro para garantizar el pago de la renta del alquiler. Ambos trabajan y tienen contrato indefinido.

La compañía de seguros les pide que les avalen los padres.

Y me pregunta si eso es normal”

Le digo que no sólo es normal, sino lógico por lo que ahora explicaré: lo dice el BOE, aunque de forma encriptada.

Cuando no se sabe legislar, cuando no se oye a los economistas serios, cuando no se sabe Historia, por mucho que quieras ayudar a los que más lo necesitan, realmente los condenas a la pobreza.

Téngase en cuenta el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece los límites embargables del salario, de la nómina.

El salario mínimo interprofesional (SMI) es inembargable, y sólo lo que supera éste hasta el doble, se puede embargar un 30%.

Pongamos que una pareja joven que cobra 2.600€/mes. Entre ambos pueden acceder a un alquiler cuya renta mensual sea de 900€ o más, pues representa menos del 35% de ingresos.

Vaya, que parece que pueden hacer frente al pago del alquiler, sin problemas… ¿no?

Supongamos que cada uno cobra 1.300€ de nómina.

Ahora veamos qué sucede si dejan de pagar. Bien porque deciden no hacerlo. Bien porque rompen y uno abandona la vivienda o porque uno pierde el trabajo…, da lo mismo. El arrendador no podrá cobrar, pues ni un solo euro de sus nóminas son embargables.

Además, según nuestras leyes ambos están en situación de vulnerabilidad, y será imposible que el arrendador recupere la vivienda. El inquilino podrá evitar el desahucio o lanzamiento ante el Juzgado por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva. (art. 441.5 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil).

Es decir, que el arrendador ni puede cobrar ni puede recuperar su vivienda en el 90% de los casos de alquiler en España, pues seamos realistas, el perfil mayoritario de inquilinos no es de altas rentas, más bien lo contrario, jóvenes, trabajadores e inmigrantes.

Pero ¿Quién es persona vulnerable según la ley?

Si se dan estas condiciones:

  1. Unidad familiar que no obtenga más de 3 veces el IPREM. El IPREM es el índice que determina la renta vital mínima. En 2023 era de 8.400 € en 14 pagas, por lo que toda unidad familiar que no obtenga unos ingresos de 25.200€/año se encuentra en situación de vulnerabilidad. Este límite se irá incrementado por hijos menores, discapacidades, mayores de 65 a cargo, etc. Si empadronas a tu abuela, no te echan, así de fácil.
  2. Renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  3. Que ninguna persona de la unidad familiar, sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.

Pero vamos a desencriptar más en profundidad la injusticia en el BOE

Se hacía eco El País el pasado 30 de mayo de un informe presentado por Fotocasa e Infojobs en el que se mostraba que en la última década las rentas de alquiler han subido de media un 51,4%, mientras que los sueldos lo han hecho sólo un 3,4%.

En mi opinión, y en lo que veo en mi zona de actuación profesional, Valencia, Madrid y Barcelona, los precios de alquiler se han doblado o más en algunos distritos.

Pero, no hacen mención los medios de comunicación, regados con dinero público, de la más que evidente relación entre el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI),  y el encarecimiento del alquiler de vivienda.

Desde 2014 el salario mínimo se ha incrementado en un 75,73%, hasta los 1.134€ a percibir en catorce pagas (1.323€ si son doce) de 2024.

He ahí las dos principales causas (hay más) por las que suben los alquileres, se empobrecen las clases bajas y se enriquecen las altas.

  1. Incrementos de los salarios de forma artificial, por decreto, no por productividad real de nuestra economía.
  2. Inseguridad jurídica para el arrendador, tanto para cobrar como para recuperar su inmueble, lo que hace que haya escasez de vivienda. Puro miedo. 

Misteriosamente esto sucede siempre bajo mayorías que tienen en sus programas justamente lo contrario.

Os lo dice un tipo de más de 50 años, alguien que fue un joven idealista de izquierdas, un buenista de tomo y lomo, pero con el dinero ajeno, claro, que todo lo solucionaba con subir los impuestos a los ricos…

… hoy, bueno, hoy no.

Quizás hoy pudiese haber quien diga que me he pasado al bando de la derecha, aunque no lo creo, sigo en el lado de la Justicia, son los demás los que han cambiado de opinión, retorciendo las palabras, las ideas, y lo que es peor… los principios.

Hace más de 30 años que el sentido común, y el constatar que el dato mata al relato, me sacó del sainete de la alternancia política, de la mentira de izquierda o derecha, ambos bandos coinciden en una cosa: les gusta la ineptocracia, es el único entorno donde pueden sobrevivir, y prosperar.

Soy libertario. Creo en la libertad y en la propiedad privada, en el intercambio de valor por valor idéntico.

Tengo criterio propio, pensamiento crítico, y os hago la advertencia siguiente: no se puede legislar contra la realidad del alma humana. 

Imagen de wayhomestudio en Freepik

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